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Comentarios
Por lo que la sanción sería de 10 euros.
La Ley del Seguro establecía una sanción de 60 euros a quien no presentara dicha documentación, y el texto sería algo así como "No presentar la documentación acreditativa de encontrarse en posesión del seguro obligatorio"... Algo así, vamos.
Vamos que de momento todo sigue igual. Con todos los papeles en el coche y algun policia **** por tener que trabajar un domingo noche.
https://www.21wonders.es/
P.D.- Las formas del Agente dejaron mucho que desear. Posiblemente no estuviera al tanto de la modificación legal.
Cuando digo "por la causa que sea" puedo referirme a cualquiera, por ejemplo que dicho fichero este estropeado etc.
De momento, si ese caso se diese, ya tendría la multa por no llevar el recibo encima(cuando se supone que ya no hace falta porque ellos lo comprueban directamente) y encima podría ser denunciado por no tener el coche asegurado, cuando si lo tengo, viandome obligado a ir a Tráfico para que la denuncia no prospere. Por lo tanto, el titular de "eliminada la obligatoriedad de tener a mano el recibo del seguro" no me parece que sea correcto, porque lleva a engaño. En todo caso significa que, en un principio no tienes que enseñarle al policía el recibo, pero lo tienes que tener a mano por si surge algún problema, y si no lo tienes, multa. Asi que eso de que ya no es obligatorio, mentira.
Saludos
A fin de no repetirme más que el ajo, te ruego leas mis aportaciones anteriores en este post.
Eran 90 euros de multa.
La buscare para asegurarme.
Sin ánimo de entrar en discusión... <img src="https://us.v-cdn.net/6030826/uploads/emojis/4.gif"/>, son (o eran) 60.
Por tanto sin animo tampoco de discutir<img src="https://us.v-cdn.net/6030826/uploads/emojis/3.gif"/> y como ha dicho el compa, son 60 euros (segun la multa de un municipal de madrid)
https://www.21wonders.es/
Ojo; puede que en algunos ayuntamientos, las ordenanzas municipales obliguen a mostrarlo a los policías locales que lo requieran.
No lo lies mas, la ley del seguro no ha cambiado.
Lo que se ha modificado es el reglamento sobre responsabilidad civil y seguro obligatorio. Y se mantiene la multa por no poder justificar la vigencia de la poliza.
Perito Judicial en materia de Seguros y mediación.
SegurosEnMóstoles.com
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Son, son!!
Lee el reglamento...
Y pueden ser 90... con los recargos jejeje
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Ups; puede que tengas razón respecto al texto legal que ha sido modificado.
Lo que es seguro es que los Agentes de la Autoridad no te van a denunciar si no portas el recibo del seguro... que a la postre es lo que realmente nos interesa <img src="https://us.v-cdn.net/6030826/uploads/emojis/5.gif"/>
Que se preocupen de cosas mas importantes eso es lo que tendrian que hacer y dejar a los conductores tranquilitos.
No te fíes de lo que te diga un policía municipal cualquiera, que sea policía no quiere decir que esté al tanto de las modificaciones, aunque si es verdad que no tiene excusa para no estarlo, pero te lo digo porque conozco a un inspector de un municipio de aquí y él se tiene que buscar la vida para conocer dichas modificaciones y aunque muchas veces llega a conocerlas suele haber pasado ya un tiempo.
Pues yo te garantizo que si te pueden multar por no llevar el recibo...
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Pues yo te garantizo que no.
Ahora, que los foreros elijan.
Saludos.<img src="https://us.v-cdn.net/6030826/uploads/emojis/5.gif"/>
Pues nunca lo he oido... pero vamos me imagino q sera igual q si los ayuntamientos te obligan a enseñarle la ultima declaración de hacienda a los municipales...
Una documentación q no tienes porque llevar en el coche no te pueden obligar a enseñarla...
Vuelvo a repetir lo que dice el reglamento ACTUAL:
Artículo 14. Acreditación del seguro obligatorio.
1. Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio.
(...)
3. El incumplimiento de la obligación de presentar la documentación justificativa del seguro será sancionado con 60 euros de multa...
Me resulta complicado de entender que discutais algo asi.
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